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Ley Derogada

Artículo 93. Cooperativas de seguros.

Artículo 93 de la Ley 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-7533

Atención: Ley 8/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las cooperativas de seguros tendrán por objeto la actividad aseguradora y de producción de seguros. Se regirán por la legislación de seguros estatal y de la Comunidad Valenciana, y por esta ley.

2. Estas cooperativas podrán adoptar tres formas:

a) Cooperativa de trabajo asociado que realice la actividad de producción de seguros o la actividad aseguradora, en favor de cualquier asegurado.

b) Cooperativa de asegurados o de consumo de la actividad aseguradora realizada por la misma cooperativa, que podrán operar a prima fija o a prima variable.

c) Cooperativa de servicios para mediadores de seguros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-27.

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