Artículo 92.
Artículo 92 de la Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2024-17642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-31.
Texto consolidado
La Junta directiva preparará el proyecto de presupuesto de cada ejercicio a los efectos oportunos.
La RFEC no podrá aprobar presupuestos deficitarios, salvo autorización del Consejo Superior de Deportes.