El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 92.

Artículo 92 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas. · BOE-A-1993-6202

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-05-05.

Texto consolidado

Las armas no pueden enajenarse, prestarse ni pasar por ningún concepto a poder de otro que no sea el titular de la guía de pertenencia, salvo en los casos que se regulan en los artículos 90.4 y 91 y en los supuestos contemplados en los artículos siguientes, con el cumplimiento de los requisitos respectivos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-05-05.

Más artículos de Real Decreto 137/1993

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 137/1993 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.