Artículo 92. Infracciones.
Artículo 92 de la Ley 3/2022, de 18 de octubre, de áreas empresariales de Galicia. · BOE-A-2022-18601
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-01.
Texto consolidado
Son infracciones administrativas leves las siguientes:
a) La falta de inscripción o la inscripción extemporánea en el Censo de suelo empresarial de Galicia de las áreas empresariales que tengan parcelas disponibles para su comercialización, así como de las áreas empresariales previstas para su inmediato desarrollo.
b) La falta de actualización, en los términos regulados en el artículo 5, de los datos consignados en el Censo de suelo empresarial de Galicia.
c) El incumplimiento de los requerimientos de información y de suministro de datos a que hace referencia el artículo 5.7.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas..