Artículo 92.
Artículo 92 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona. · BOE-A-1999-2518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.
Texto consolidado
El Consorcio se financia por medio de los siguientes recursos:
a) Las aportaciones de la Generalidad de Cataluña, el Ayuntamiento de Barcelona, la Entidad Metropolitana del Transporte y demás administraciones que posteriormente se incorporen al Consorcio.
b) Los convenios de financiación o contratos programa suscritos entre cualquier administración o institución y el Consorcio.
c) Las subvenciones, aportaciones o donaciones de entidades de derecho público o privado.
d) Las cesiones del producto de impuestos finalistas.
e) Los ingresos obtenidos por la prestación de servicios y el rendimiento de su patrimonio.
f) Cualquier otro que le pueda corresponder de acuerdo con las normas aplicables.