Artículo 92. Cuotas.
Artículo 92 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2004-1739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
El importe de la cuota tributaria se exigirá según la siguiente tarifa:
a) Por actividad formativa de tipo presencial: 43,94 euros.
b) Por actividad formativa de tipo semipresencial: 64,68 euros.
c) Por actividad formativa a distancia: 115,23 euros.