Artículo 91. Organos de gobierno y gestión de la Sociedad.
Artículo 91 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. · BOE-A-1992-26146
Atención: Ley 27/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los órganos de gobierno de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítimas serán:
a) El Consejo de Administración.
b) El Presidente.
2. El órgano de gestión será el Director de la Sociedad.