Artículo 90. Conservación del puesto.
Artículo 90 del Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2009-2074
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-08.
Texto consolidado
El que tuviere orden de conservar su puesto a toda costa, lo hará.