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Ley Derogada

Artículo 90.

Artículo 90 de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Publica de la Administración del Principado de Asturias. · BOE-A-1986-6539

Atención: Ley 3/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las faltas cometidas por los funcionarios se calificarán de muy graves, graves o leves.

2. Las faltas muy graves prescribirán a los seis años; las graves, a los dos años; y las leves, al mes.

3. Los plazos de prescripción de las faltas se computarán a partir de la fecha en que fueren cometidas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-01-19.

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