Artículo 90.
Artículo 90 de la Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona. · BOE-A-1999-2518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.
Texto consolidado
1. La coordinación del servicio de transportes urbanos de viajeros corresponde al Consorcio Autoridad del Transporte Metropolitano, integrado por la Generalidad de Cataluña, el Ayuntamiento de Barcelona y la Entidad Metropolitana del Transporte. También se pueden incorporar al mismo la Administración del Estado y demás administraciones titulares de servicios públicos de transportes colectivos que pertenezcan al ámbito formado por las comarcas del Alt Penedés, Baix Llobregat, Barcelonès, Garraf, Maresme, Vallès Occidental y Vallès Oriental.
2. El Consorcio tiene como objeto articular la cooperación entre las Administraciones públicas titulares de los servicios e infraestructuras del transporte público colectivo del área de Barcelona.