Artículo 90.
Artículo 90 de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura. · BOE-A-1995-12743
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-30.
Texto consolidado
Se crea la Junta Arbitral del Deporte Extremeño como órgano adscrito a la Consejería de Educación y Juventud de la Junta de Extremadura, que conocerá de las solicitudes de arbitraje presentadas por cualquier persona, física o jurídica, integrada en alguno de los estamentos a los que se hace referencia en el artículo anterior para las cuestiones indicadas en el mismo.