Artículo 9.
Artículo 9 de la Resolución de 22 de octubre de 1982, de la Dirección del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interno de la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza. · BOE-A-1982-28767
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-11-25.
Texto consolidado
Será misión de los Vocales provinciales:
a) Colaborar al mayor esplendor de las exposiciones oficiales de trofeos da caza mayor que se celebren, informando a la Junta sobre el número y calidad de trofeos de su región y organizando la colección de los mismos si fuera necesario.
b) Homologar, junto con un miembro de la Junta o con un Asesor colaborador autorizado para ello, aquellos trofeos que se les presenten de acuerdo con las normas de este Reglamento, establecidas en el artículo 10.