Artículo 9. Bonificación de licencias de apertura.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-01.
Texto consolidado
El Estado compensará en la mitad de su importe la bonificación que el Ayuntamiento de Lorca pueda acordar para 2012 en las tasas por concesión de licencia de actividad por reapertura o instalación de nuevos comercios en Lorca.
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