Artículo 9. Formación de precios de las unidades de adquisición.
Artículo 9 del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista. · BOE-A-2022-7843
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-15.
Texto consolidado
El operador del mercado definirá el precio aplicable a las unidades de adquisición.
Así, el precio de adquisición será para cada periodo de programación la suma del precio expresado en €/MWh resultante de la casación de conformidad con el artículo 5, más la parte proporcional que corresponda del ajuste a los consumidores definidos en el artículo 7.
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