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Real Decreto Vigente

Artículo 9. Maestranza.

Artículo 9 del Real Decreto 899/2001, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Real y Militar Orden de San Fernando. · BOE-A-2001-15950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-15.

Texto consolidado

1. La Maestranza está constituida por la Comisión Permanente y la Unidad Administrativa y se encarga de la gestión y tramitación de todos los asuntos de la Real y Militar Orden.

2. La Comisión Permanente presidida por el Maestre, está constituida por seis Caballeros o Damas Cruces Laureadas o Medallas Militares. Depende orgánica y funcionalmente del Gran Maestre y sus miembros serán designados por Orden ministerial, a propuesta de éste.

Son funciones de la Comisión Permanente:

a) Formular, a la vista de los correspondientes expedientes, las propuestas de calificación de los hechos para la concesión de Cruces Laureadas de San Fernando y Medallas Militares.

b) Informar y ejecutar los acuerdos que la Asamblea le remita a tal efecto.

c) Elevar a la Asamblea cuantos asuntos estime que son de su competencia o que les sean reclamados por aquélla.

d) Asistir al Capítulo y a la Asamblea en el desarrollo de sus funciones.

e) Adoptar las medidas necesarias para organizar, coordinar y supervisar los actos capitulares y demás actos solemnes de la Real y Militar Orden.

f) Tramitar o resolver, en su caso, las solicitudes que le sean formuladas por los miembros de la Orden o sus derechohabientes, así como por cualquier persona en relación con sus competencias.

g) Elaborar los presupuestos de la Real y Militar Orden.

h) Realizar el seguimiento de la localización y movilidad de las Banderas o Estandartes condecorados con la Corbata de la Laureada o de la Medalla Militar y de sus Guiones-Enseña.

3. La Unidad Administrativa, que será la misma que la de la Cancillería de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, actuará, en cuanto Unidad Administrativa de la Real y Militar Orden de San Fernando, bajo la dirección del Maestre, del que depende funcionalmente.

Son funciones de la Unidad Administrativa:

a) Preparar los asuntos de los que haya de conocer la Asamblea, remitiéndoselos a través de la Comisión Permanente.

b) Llevar los archivos y registros propios de la Orden.

c) Custodiar y tener actualizadas las relaciones y los expedientes de todos los Caballeros y Damas Grandes Cruces Laureadas, Cruces Laureadas y Medallas Militares, en cualquier situación que se encuentren, así como de los derechohabientes de los fallecidos.

d) Recopilar datos, bibliografía y cuantos documentos y publicaciones afecten a la Real y Militar Orden de San Fernando o a sus miembros.

e) Llevar la estadística de las Unidades, Centros y Organismos militares, que ostenten la Laureada o la Medalla Militar Colectivas, y el historial y los datos relativos a su concesión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-08-15.

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