Artículo 9. Estrategia en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.
Artículo 9 del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. · BOE-A-2014-9741
Atención: Real Decreto 806/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Gobierno, a iniciativa de la Comisión de Estrategia TIC, y a propuesta de los Ministros de la Presidencia, de Hacienda y Administraciones Públicas y de Industria, Energía y Turismo, aprobará la Estrategia en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones (en adelante Estrategia TIC), así como las revisiones de la misma.
La Estrategia TIC determinará los objetivos, principios y acciones para el desarrollo de la administración digital y la transformación digital de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos y servirá de base para la elaboración por los distintos ministerios de sus planes de acción para la transformación digital.
La Comisión de Estrategia TIC determinará el ámbito temporal de la Estrategia TIC, así como su periodo de revisión.
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