Artículo 9. Subcontratación de las actividades subvencionadas.
Artículo 9 del Real Decreto 641/2021, de 27 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas españolas para la modernización y digitalización del sistema universitario español en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. · BOE-A-2021-12614
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-29.
Texto consolidado
De manera general, las universidades beneficiarias podrán subcontratar las actividades subvencionadas con terceros, dentro de los límites fijados en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento de desarrollo.
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