Artículo 9. Coordinación.
Artículo 9 del Real Decreto 637/2006, de 26 de mayo, por el que se establece el programa nacional de erradicación y control del hongo Fusarium Circinatum Niremberg et O'donnell. · BOE-A-2006-10287
Atención: Real Decreto 637/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La coordinación general del programa establecido en este real decreto se llevará a cabo a través del Comité Fitosanitario Nacional, creado por el Real Decreto 1190/1998, de 12 de junio, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación o control de organismos nocivos de los vegetales aún no establecidos en el territorio nacional.
Con el fin de favorecer la coordinación técnica del programa, así como para evaluar las novedades científicas y técnicas que puedan ser incluidas en el mismo, dicho Comité podrá crear un Grupo de Trabajo de Expertos para la evaluación anual de los resultados obtenidos y elaboración de propuestas para su mejora.
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