Artículo 9. Nombramiento de Académico Honorario.
Artículo 9 del Real Decreto 542/2004, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. · BOE-A-2004-9434
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-05-22.
Texto consolidado
El nombramiento de Académico Honorario deberá recaer en persona de gran reputación artística o intelectual por su obra, escritos o actuaciones.