Artículo 9.
Artículo 9 del Real Decreto 517/1986, de 21 de febrero, de incompatibilidades del personal militar. · BOE-A-1986-7014
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-03-16.
Texto consolidado
El personal comprendido en el ámbito de aplicación de este Real Decreto no podrá ejercer las actividades especificadas en el artículo 12.1 de La Ley.
En ejecución de lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Ley, tampoco podrá ejercer ninguna actividad privada que corresponda a un puesto de trabajo cuya jornada laboral supere las veinte horas semanales.