Artículo 9.
Artículo 9 del Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compra-venta y arrendamiento de viviendas. · BOE-A-1989-11181
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-11-17.
Texto consolidado
A la firma del contrato todo adquirente de vivienda comprendido en el ámbito de aplicación del presente Real Decreto tiene derecho a recibir a costa del vendedor copia de los documentos a que se refieren los artículos anteriores.