Artículo 9. Ejercicio de sus funciones por el Comité.
Artículo 9 del Real Decreto 504/2003, de 2 de mayo, por el que se regula el Comité Consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. · BOE-A-2003-9993
Atención: Real Decreto 504/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el caso de que no se produjera en tiempo adecuado la designación o elección de alguno de los vocales del Comité Consultivo, éste podrá realizar sus funciones siempre que cuente con un mínimo de nueve vocales que, de acuerdo con este real decreto, puedan ejercer sus atribuciones como tales.