El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 9. Asociación a otra mutua.

Artículo 9 del Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. · BOE-A-2010-5296

Atención: Real Decreto 404/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Cuando se produjere la denuncia del convenio de asociación existente con una mutua y la asociación de la empresa a otra mutua durante el período de observación al que se refiere el artículo 6, el abono del incentivo corresponderá a la mutua a la que la empresa estuviera asociada en el momento de la solicitud.

2. La insuficiencia de recursos de la mutua para el abono de la totalidad del incentivo que corresponda a la empresa será causa suficiente, sin otros requisitos, para que ésta pueda denunciar el convenio de asociación a su vencimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-04-02.

Más artículos de Real Decreto 404/2010

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 404/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.