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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 9. Funciones del Presidente del Comité de Gerencia.

Artículo 9 del Real Decreto 3451/2000, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia del Sector de la Construcción Naval. · BOE-A-2001-737

Atención: Real Decreto 3451/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Presidente tendrá las siguientes funciones:

a) Convocar, fijar el orden del día y presidir las reuniones del Comité de Gerencia.

b) Ostentar la representación de la Gerencia ante cualquier persona o entidad, ya sea pública o privada.

c) Ostentar la condición de órgano de contratación de la entidad, aprobar los gastos y pagos derivados de la actividad de la entidad y rendir las cuentas anuales.

2. Dichas funciones podrán ser delegadas total o parcialmente en alguno de los representantes de la Administración General del Estado en el Comité de Gerencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-20.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-5010.

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