Artículo 9. Composición del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.
Artículo 9 del Real Decreto 331/2008, de 29 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Comisión Nacional de la Competencia. · BOE-A-2008-4060
Atención: Real Decreto 331/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia estará formado por el Presidente y seis Consejeros, que tendrán retribuciones de Directores Generales, uno de los cuales ostentará la Vicepresidencia.
2. El Consejo estará asistido por el Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia.
3. Cuando el nombramiento de los miembros del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia recaiga en funcionarios de la Administración General del Estado en servicio activo, pasarán a la situación administrativa de servicios especiales.
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