Artículo 9. Jefe de Órgano de Apoyo.
Artículo 9 del Real Decreto 308/2007, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa. · BOE-A-2007-5445
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-16.
Texto consolidado
1. En cada Subdelegación de Defensa habrá un Jefe de Órgano de Apoyo, cuyo nombramiento corresponderá al Subsecretario de Defensa, a propuesta del Subdelegado de Defensa correspondiente.
2. Corresponde al Jefe de Órgano de Apoyo la asistencia técnica al titular de la Subdelegación en el ejercicio de sus funciones, así como la gestión de los servicios generales y de aquellos otros no atribuidos específicamente a un área funcional.