Artículo 9. Identificación de los animales potencialmente peligrosos de la especie canina.
Artículo 9 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. · BOE-A-2002-6016
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-28.
Texto consolidado
Todos los animales potencialmente peligrosos pertenecientes a la especie canina deberán estar identificados mediante un «microchip».