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Real Decreto Vigente

Artículo 9.

Artículo 9 del Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la red nacional de vigilancia epidemiológica. · BOE-A-1996-1502

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-01.

Texto consolidado

Las enfermedades objeto de declaración obligatoria se relacionan en el anexo I de este Real Decreto.

La declaración obligatoria se refiere a los casos nuevos de estas enfermedades aparecidos durante la semana en curso y bajo sospecha clínica, y corresponde realizarla a los médicos en ejercicio, tanto del sector público como privado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-07-01.

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