El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigencia agotada

Artículo 9. Plazo de ejecución.

Artículo 9 del Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven. · BOE-A-2022-4586

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-24.

Texto consolidado

1. Las actividades y gastos subvencionables deberán realizarse en el plazo máximo de un año desde la fecha de concesión del Bono Cultural Joven a cada beneficiario.

2. Transcurrido el mencionado plazo sin que el beneficiario haya agotado el importe concedido del Bono Cultural Joven, éste se desactivará automáticamente, debiendo la entidad colaboradora proceder a la devolución de los importes no disfrutados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-24.

Más artículos de Real Decreto 210/2022

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 210/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.