Artículo 9.
Artículo 9 del Real Decreto 1831/1978, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Organismo autónomo «Escuela de Organización Industrial». · BOE-A-1978-19849
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-08-04.
Texto consolidado
Dentro del Consejo Asesor existirá una Comisión Permanente que estará presidida por el Vicepresidente de aquél y tendrá como Vocales:
1. El Director general de Promoción Industrial y Tecnología del Ministerio de Industria y Energía.
2. Un Director del Instituto Nacional de Industria que sea Vocal del Consejo.
3. El Director de la Escuela de Organización Industrial.
4. El Secretario de la citada Escuela que actuará como Secretario de la Comisión.