Artículo 9.
Artículo 9 del Real Decreto 1718/1995, de 27 de octubre, por el que se regula el etiquetado de los materiales utilizados en los componentes principales del calzado. · BOE-A-1996-2860
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-03-23.
Texto consolidado
La vigilancia e inspección de cuanto se establece en el presente Reglamento y normas que lo desarrollen, se llevará a cabo en los lugares de venta al consumidor final y se realizará por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias.