Artículo 9. Composición del Consejo Rector.
Artículo 9 del Real Decreto 160/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Enaire, y se modifica el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero. · BOE-A-2023-6084
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-09.
Texto consolidado
1. El Consejo Rector estará formado por la persona que ostente la presidencia de la entidad y once personas consejeras, cuyo nombramiento y cese corresponde a la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. En su designación, se atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
2. El Consejo Rector estará presidido por la persona que ostente la presidencia de Enaire, E.P.E.
3. En los casos de ausencia, enfermedad del titular de la presidencia de Enaire, E.P.E., o vacancia de ésta, asumirá interinamente la presidencia del Consejo Rector la persona consejera más antigua y, a igual antigüedad, la de más edad.
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