Artículo 9.
Artículo 9 del Real Decreto 1405/1982, de 25 de junio, por el que se crea en la Presidencia del Gobierno el Plan Nacional para el Síndrome Tóxico. · BOE-A-1982-16122
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-06-26.
Texto consolidado
El Coordinador general del Plan Nacional para el Síndrome Tóxico podrá recabar, a través del Ministerio de la Presidencia, cualquier clase de personal al servicio de la Administración del Estado, de sus Organismos autónomos o de la Seguridad Social.
Cuando se trate de personal funcionario o estatutario la adscripción se efectuará en comisión de servicios.