Artículo 9. La Subdirección General de Análisis Presupuestario y de Gestión Financiera.
Artículo 9 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales. · BOE-A-2005-16996
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-15.
Texto consolidado
Corresponde a la Subdirección General de Análisis Presupuestario y de Gestión Financiera:
a) La elaboración, la gestión y el seguimiento del presupuesto y el análisis del coste de los servicios.
b) La elaboración de la documentación para su remisión al Tribunal de Cuentas y demás órganos superiores de control económico-presupuestario.
c) La tramitación económica y justificación documental de subvenciones, convenios y fondos comunitarios.
d) La gestión financiera.
e) El control y el seguimiento de los créditos asignados a las prestaciones y servicios correspondientes a la situación de dependencia.
f) La gestión y el seguimiento del plan de inversiones del Instituto.
g) La gestión de la contratación administrativa.
h) La gestión del patrimonio adscrito a la entidad y el mantenimiento del inventario de bienes muebles e inmuebles.
i) La gestión de la infraestructura de los sistemas de información y comunicación que precisen los distintos centros y unidades administrativas.