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Orden Derogada

Artículo 9. Errores máximos permitidos.

Artículo 9 de la Orden ITC/3022/2007, de 10 de octubre, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los contadores de energía eléctrica, estáticos combinados, activa, clases A, B y C y reactiva, clases 2 y 3, a instalar en suministros de energía eléctrica hasta una potencia de 15 kW de activa que incorporan dispositivos de discriminación horaria y telegestión, en las fases de evaluación de la conformidad, verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. · BOE-A-2007-18193

Atención: Orden ITC/3022/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los errores máximos permitidos en la verificación después de reparación o modificación serán los que se establecen en el apartado 4.2 del anexo IV de la presente orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-19.

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