Artículo 9. Publicidad.
Artículo 9 de la Orden INT/1409/2011, de 10 de mayo, por la que se crea la Condecoración a la Dedicación al Servicio Policial, en sus diferentes categorías, en el Cuerpo Nacional de Policía. · BOE-A-2011-9387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-30.
Texto consolidado
1. La relación de funcionarios a los que se conceda la Condecoración a la Dedicación al Servicio Policial, en sus distintas categorías, se publicará en la Orden General del Cuerpo Nacional de Policía.
2. Concedida la Condecoración, la entrega de las credenciales o diplomas acreditativos del otorgamiento de las diferentes categorías se podrá efectuar en la Unidad a la que pertenezca el condecorado, en el Día de la Policía, en un acto protocolario, o con ocasión de un día de especial relevancia. En cualquier caso se efectuará la entrega de forma solemne.