Artículo 9. Información de previsión presupuestaria.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-01.
Texto consolidado
Dada la configuración plurianual del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con la finalidad de permitir el adecuado seguimiento presupuestario y contable del mismo, las entidades decisoras y ejecutoras deberán suministrar la programación de recursos, conforme a la distribución temporal de cumplimiento de hitos y objetivos del PRTR, así como la previsión presupuestaria para todo el período temporal de dicho Plan necesaria para la ejecución de las medidas en que participen. A estos efectos, el sistema habilitará los campos para recoger tales previsiones desde 2020 hasta 2026.
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- Ver la norma completa: Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.