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Orden Vigente

Artículo 9. Atribuciones.

Artículo 9 de la Orden ESD/3669/2008, de 9 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Escolar del Estado. · BOE-A-2008-20394

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-18.

Texto consolidado

1. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en casos de vacante o ausencia, asumiendo todas las funciones que corresponden a éste, siendo en tales casos de aplicación las previsiones contenidas en el artículo 7 del presente reglamento.

2. El Vicepresidente llevará a cabo también los cometidos que el Presidente expresamente le delegue.

3. El Consejo Escolar del Estado adoptará las medidas administrativas, laborales y económicas, según proceda, para atender las exigencias derivadas del desempeño del cargo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-12-18.

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