El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 9.

Artículo 9 de la Orden de 27 de julio de 1972 por la que se reglamentan los vinos espumosos naturales y los vinos gasificados. · BOE-A-1972-1193

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1972-09-07.

Texto consolidado

Los Vocales del Consejo Regulador serán renovados cada cuatro años. En caso de producirse vacante por dimisión, cese u otra causa, la Entidad que eligió al cesante designará nuevo Vocal titular. Los Vocales podrán ser reelegidos al término de su mandato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1972-09-07.

Más artículos de BOE-A-1972-1193

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1972-1193 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.