Artículo 9. Objeto de los procesos participativos ciudadanos.
Artículo 9 de la Ley Foral 12/2019, de 22 de marzo, de Participación Democrática en Navarra. · BOE-A-2019-5734
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-07-01.
Texto consolidado
Siempre que no resulten contrarios al ordenamiento jurídico, los procesos participativos ciudadanos se podrán desarrollar sobre los siguientes asuntos o materias que sean competencia del Gobierno de Navarra o de una entidad local:
a) La pertinencia, la adopción, el seguimiento y la evaluación de políticas públicas de especial relevancia.
b) La elaboración de instrumentos de planificación para la determinación de políticas.
c) La toma de decisiones relativas a las prioridades y otros aspectos puntuales de la planificación y gestión presupuestaria.
d) La elaboración de leyes y reglamentos.
e) La prestación, el seguimiento y la evaluación de los servicios públicos.