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Ley Foral Vigente

Artículo 9. Documentos para la integración ambiental.

Artículo 9 de la Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de Infraestructuras Agrícolas. · BOE-A-2002-8352

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-16.

Texto consolidado

1. El Proyecto Básico es el documento técnico que constituye, a efectos de lo dispuesto en la normativa comunitaria sobre evaluación de impacto ambiental, el proyecto para la evaluación de impacto ambiental de las actuaciones en infraestructuras agrícolas.

El Proyecto Básico recogerá los aspectos más significativos que se puedan determinar y que sean de utilidad y suficientes para la evaluación ambiental, en lo referente a la realización de trabajos de construcción, instalaciones y obras previstas, a las intervenciones en el medio natural o el paisaje y, en su caso, a las intervenciones destinadas a la explotación de los recursos del suelo.

El nivel de detalle y escala del Proyecto Básico deberá ser tal que los Proyectos Constructivos concretos que se lleven a cabo, una vez declarada la actuación en infraestructuras agrícolas ambientalmente viable, no precisen de una nueva evaluación ambiental.

2. El Proyecto Constructivo es un documento técnico que, teniendo como punto de partida el Proyecto Básico, define las unidades de obra a realizar con la precisión exigible al procedimiento de contratación, así como su forma de ejecución, debiendo incorporar las determinaciones contenidas en la Declaración de Impacto Ambiental.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-03-16.

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