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Ley Vigente

Artículo 9. Conciliación y corresponsabilidad.

Artículo 9 de la Ley del Principado de Asturias 1/2026, de 18 de marzo, del Estatuto de las Mujeres Rurales del Principado de Asturias. · BOE-A-2026-8074

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-19.

Texto consolidado

1. La Administración del Principado de Asturias realizará campañas de información, sensibilización y difusión de los recursos dirigidos a incrementar la corresponsabilidad en el medio rural y acabar con los estereotipos de género. Para ello, establecerá medidas y programas que propicien la asunción de tareas por los hombres en el trabajo doméstico y de cuidados.

2. Asimismo, desarrollará mecanismos, como líneas de ayudas o subvenciones, que fomenten la conciliación y la corresponsabilidad en el medio rural, permitiendo la inserción laboral, la formación continuada, el acceso por parte de las mujeres rurales al ocio y tiempo libre, la asistencia a reuniones, eventos o jornadas y la participación en los puestos de toma de decisiones.

3. La Administración del Principado de Asturias facilitará la conciliación de la vida familiar y laboral en el medio rural, dedicando recursos al aumento de cobertura de las necesidades de cuidados de niñas, niños, personas mayores y personas con diversidad funcional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-04-19.

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