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Ley Vigente

Artículo 9. Funciones del Pleno.

Artículo 9 de la Ley 8/2018, de 11 de diciembre, del Consejo Económico y Social de Cantabria. · BOE-A-2019-399

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-07-01.

Texto consolidado

Al Pleno le competen las siguientes funciones:

1. Desempeñar las funciones enumeradas en el artículo 6.

2. Proponer al Gobierno la destitución de la persona que ejerza la Presidencia, conforme a lo establecido en el artículo 12.

3. La elección de las personas que desempeñen las Vicepresidencias.

4. Decidir la constitución y denominación de Comisiones de trabajo según los términos del artículo 11.

5. Examinar los supuestos de incompatibilidad, en su caso, y declarar su incumplimiento.

6. Adoptar los acuerdos que correspondan respecto al ejercicio de sus funciones.

7. Ejercer cuantas otras funciones le sean inherentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-07-01.

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