Artículo 9. Prioridad presupuestaria.
Artículo 9 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2011-1141
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-28.
Texto consolidado
A fin de garantizar adecuadamente los derechos reconocidos en esta Ley, las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el ámbito de sus competencias, tendrán entre sus prioridades presupuestarias las actividades de promoción, atención, protección, formación, ocio e integración de la infancia y la adolescencia, contemplando e integrando la perspectiva de género.