Artículo 9. Registro de perros y unidades de vinculación.
Artículo 9 de la Ley 6/2017, de 5 de julio, de acceso al entorno de personas con discapacidad que precisan el acompañamiento de perros de asistencia. · BOE-A-2017-9487
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-15.
Texto consolidado
A los efectos de lo dispuesto en esta Ley, en el Registro de Animales de Compañía de la Comunidad Autónoma de Cantabria (RACIC) se creará un apartado diferenciado en el mismo donde se registrarán los perros de asistencia y sus unidades de vinculación.
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