El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 9. Centros de apoyo a la docencia y la investigación en el campo de la salud.

Artículo 9 de la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia. · BOE-A-2013-7911

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

Texto consolidado

1. Para la organización y buen desarrollo de las titulaciones en el campo de la salud, las universidades podrán crear o participar en la creación de nuevas estructuras que cumplan una función múltiple asistencial, docente de grado y posgrado, y de investigación, transferencia e innovación.

2. Independientemente de su forma jurídica, la universidad determinará su naturaleza y objetivos, y planificará sus recursos según las necesidades formativas y de I+D+i. En todo caso, estas estructuras deberán cumplir la normativa vigente en el ámbito asistencial.

3. Las universidades regularán en sus estatutos las fórmulas precisas para permitir la participación del personal de estas estructuras en sus actividades docentes, otorgando la venia docendi cuando sea necesario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

Más artículos de Ley 6/2013

En El Vínculo puedes leer Ley 6/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.