Artículo 9. Funciones del presidente del Consejo Rector.
Artículo 9 de la Ley 5/2019, de 31 de julio, de la Agencia de Salud Pública de Cataluña y de modificación de la Ley 18/2009, de 22 de octubre, de salud pública. · DOGC-f-2019-90528
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-03.
Texto consolidado
1. Son funciones del presidente del Consejo Rector de la Agencia de Salud Pública de Cataluña:
a) Asumir la representación institucional de la Agencia, sin perjuicio de las funciones de representación del director.
b) Convocar las reuniones del Consejo Rector, dirigirlas y dirimir los empates con el voto de calidad.
2. El presidente del Consejo Rector de la Agencia de Salud Pública de Cataluña puede delegar expresamente las funciones representativas que crea oportunas en el vicepresidente primero.