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Ley Vigente

Artículo 9. Nombramiento de los miembros del Pleno y de la Comisión.

Artículo 9 de la Ley 5/2008, de 19 de diciembre, de creación del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo. · BOE-A-2009-1173

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-31.

Texto consolidado

El nombramiento de los miembros del Pleno y de la Comisión Delegada, así como de sus suplentes, corresponde al Consejero competente en materia de trabajo, a propuesta de las Consejerías y organismos con presencia en los mismos. El mandato de los citados miembros es indefinido, cesando, con carácter general, cuando cesen en los cargos por los que se les nombró.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-12-31.

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