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Ley Vigente

Artículo 9. Naturaleza y adscripción.

Artículo 9 de la Ley 4/2005, de 5 de octubre, de estadística de Cantabria. · BOE-A-2005-18359

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-11-06.

Texto consolidado

1. El Instituto Cántabro de Estadística es el órgano estadístico de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se responsabiliza de las funciones de planificación, normalización, coordinación y gestión del Sistema Estadístico de Cantabria.

2. El Instituto Cántabro de Estadística es un Organismo Autónomo de la Comunidad Autónoma de Cantabria con personalidad jurídica y patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión en los términos de la Ley de Cantabria 6/2002, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Dentro de su ámbito de competencias, le corresponden las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines.

3. El Instituto Cántabro de Estadística está adscrito a la Consejería competente en materia de estadística.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-11-06.

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