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Ley Vigente

Artículo 9.

Artículo 9 de la Ley 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares. · BOE-A-1987-11091

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-21.

Texto consolidado

Uno. El Presidente ejercerá la dirección y representación del Consejo Escolar de Canarias.

Dos. El Presidente fija el orden del día, convoca y preside las sesiones y vigila la ejecución de los acuerdos.

Tres. El Presidente dirime las votaciones en caso de empate.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-04-21.

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